“Conducta grupal, sistematizada, dolosa y destructiva, dirigida a un individuo de apariencia tranquila, cumplido, buena persona o buen trabajador que lo agarran de ¿puerquito? o de ¿barquito?, en donde un cabecilla incita y logra que se haga causa común para fastidiarlo hasta dejarlo en situación de desventaja, indefenso, con todas las de perder, es decir, desmoralizado y algunas veces incapacitado”
Naciones como Suecia, España y Francia –en Europa–, y Brasil, Colombia, Argentina, Ecuador, Bolivia y Uruguay, entre otros países latinoamericanos, cuentan con leyes específicas para prevenir y sancionar el acoso en el trabajo.
Los trabajadores en México, en tanto, se defienden de este tipo de atropellos a partir de los derechos consagrados en la Constitución Política, la Ley Federal del Trabajo o la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (en su caso).
El tema todavía es un discurso del ámbito académico y se debe trabajar más con empresas, dependencias, sindicatos y trabajadores mismos ya que esta práctica está presente en muchos lugares de interacción colectiva, como sindicatos y organizaciones de la sociedad civil, no nada más en empresas privadas e instituciones públicas, por lo que resulta fundamental identificarla y atenderla.
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